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Licencia de terraza

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Todo lo que necesitas saber sobre Licencia de terraza

Son muchas las dudas que surgen cuando se inicia una actividad económica vinculada con el mundo de la hostelería, tales como saber si tiene que solicitar unos u otros permisos. En este caso, tenemos que saber que es imprescindible contar con licencia si nuestro deseo pasa por disponer de terraza en la calle. En caso contrario, es muy probable que la Policía Local o la autoridad competente nos sancione. Para evitar esto, debemos pedir permiso a nuestro ayuntamiento, que resolverá esa solicitud de acuerdo a lo dispuesto en la ordenanza municipal.

Los permisos de terrazas se solicitan en el ayuntamiento. Esta administración nos pedirá una serie de documentos que deberemos tener en regla para que nuestra instancia sea tenida en cuenta.

Así las cosas, al impreso que nuestro consistorio ha creado para la tramitación de los permisos de terraza, tendremos que sumar una copia de la licencia de apertura de nuestro bar, cafetería o restaurante y superar una inspección de la zona realizada por la autoridad competente. Ya adelantamos que suelen fijarse en aspectos como la distancia existente entre la fachada de nuestro local y el bordillo que linda con la carretera, así como en las posibilidades de desalojo en caso de emergencia.

Obviamente, también tendremos que abonar una serie de tasas por ocupar el espacio público. En este caso, los precios varían en función de la ciudad en la que desarrollemos nuestra actividad, pero también es cierto que los ayuntamientos suelen disponer de tasas que varían en función de la época del año en la que nos encontremos.

Como no podía ser de otra manera, tendremos que pagar mucho más en comparación si deseamos instalar una terraza en verano en vez de en invierno. La media por cada mesa oscila entre los 50 y los 200 euros anuales. Esa variación dependerá de los elementos que deseemos incluir y del período de tiempo que decidamos contar con el servicio de terraza.

Para que el ayuntamiento nos conceda el permiso hay que tener en cuenta unos trámites burocráticos que no deberían suponer ninguna dificultad para la persona que se haga cargo de ellos. Como ya indicamos, es esencial entregar el correspondiente impreso municipal en el que exponemos y solicitamos que nos sea concedida la licencia de terraza, a lo que hay que sumar la licencia de apertura de nuestro establecimiento y superar la inspección que tengan que realizar los técnicos municipales.

No son los únicos pasos que tendremos que cumplir. A lo ya expuesto, es posible que también debamos entregar una fotocopia de nuestro DNI y un pequeño mapa que ilustre cómo distribuiríamos nuestra terraza (dejando bien claro cuántas mesas y sillas tendremos). También autorizaciones de los negocios colindantes y de la comunidad de propietarios, siempre que nuestra terraza se encuentre en un espacio privado pero abierto al paso de personas.

La licencia de terraza es un documento oficial expedido de manera habitual por los ayuntamientos en el que se expresa el consentimiento municipal para instalar mesas y sillas en la vía pública. Estas terrazas forman parte casi siempre de negocios hosteleros que desean expandir su bar o cafetería a la calle durante los meses de verano, aunque es cierto que existen permisos para todo el año.

Estos últimos empiezan a gozar de gran éxito debido a la ordenanza estatal que prohíbe fumar en el interior de los bares, por lo que muchas personas prefieren sentarse en una terraza pese a no estar en los meses más propicios para ello. Sabedores de que una gran parte de los ingresos dependerán de ellos, numerosos hosteleros han decidido instalar terrazas durante todo el año y así evitar que esos clientes se vayan a la competencia.

Existen varios tipos de normativas a la hora de iniciar la actividad hostelera. Obviamente, disponer de terraza no es obligatorio, por lo que el permiso vinculado a ésta es totalmente accesorio y no es obligatorio siempre que no deseemos ampliar nuestro establecimiento instalando mesas y sillas en la calle.

En las terrazas, siempre que su uso esté vinculado con el negocio de la hostelería, se pueden consumir bebidas con y sin alcohol. Además, se pueden servir todo tipo de comidas, por lo que son una opción excelente para los establecimientos que se dedican a la restauración, ya sea en parte o en su totalidad.

Como ya apuntábamos, existen varios tipos de licencias para la instalación de terrazas. Por un lado está la más extensa, que permitiría a hosteleros y restauradores colocar mesas y sillas en la calle y frente a su negocio durante todo el año. Algunas ordenanzas incluyen pagos extraordinarios por uno o varios meses en concreto, como podría ser agosto, o fechas en las que suelen celebrarse los festejos de la localidad donde se desarrolle nuestra actividad.

Siempre suelen ir parejas al período de tiempo en el que más personas visiten la ciudad. También existen las licencias de temporada, más vinculadas a la primavera y el verano. Siempre dependerá de la ordenanza municipal, pero el precio de estas licencias de temporada suele ser mucho más alto en comparación que el permiso de todo el año. Además, hay una licencia eventual para situaciones excepcionales u actividades muy vinculadas con el ocio. Debido a su carácter, estos permisos suelen ser los más caros de media.

A la hora de elegir una licencia debemos tener muy en cuenta cuáles son nuestros potenciales clientes y analizar si la inversión que vamos a realizar repercutirá realmente en nuestro negocio. A veces es mejor instalar nuestra terraza durante un par de meses y renunciar al resto del año. En cambio, otros hosteleros consideran que la terraza es un complemento excelente para sus establecimientos y deciden apostar por ella durante todo el año, sin que les preocupe el cerramiento de la misma o los gastos derivados de nóminas y seguros sociales.

Es muy importante que actuemos con antelación si nuestro deseo es instalar una terraza. La administración responsable de conceder estos permisos es la municipal, que siempre se regirá por las ordenanzas correspondientes de terrazas a la hora de admitir o rechazar nuestro requerimiento.

Debemos saber que no todos los establecimientos podrán instalar una terraza junto a sus negocios. Uno de los motivos puede ser la estrechez de la acera en la que queremos poner mesas, sillas y sombrillas. Pero hay más. Por eso, antes de lanzarnos al vacío, es clave leer la ordenanza municipal que regla todo lo relacionado con las terrazas. Una vez que hayamos comprendido todos los requisitos, será el momento de acudir a las oficinas del ayuntamiento, donde nos harán entrega de una serie de documentos que tendremos que devolver completos junto a la documentación que se nos precise.

Por norma, a ese impreso hay que sumar otros como el documento nacional de identidad del empresario solicitante, la licencia de apertura correspondiente y un pequeño mapa o croquis fijando cómo instalaríamos nuestra terraza (con todos los elementos decorativos o funcionales que vayamos a utilizar). También la autorización de los empresarios que tengan sus negocios junto a nuestro bar, restaurante o cafetería, y otro permiso de la comunidad de propietarios (si la colocamos en un espacio privado pero de uso público).

Como apuntábamos, es muy importante que tengamos en cuenta que estas cosas no se resuelven de un día para otro. Y es más, no todos los consistorios admitirán nuestras peticiones durante todo el año. Para empezar, el plazo de respuesta de la administración local a nuestra solicitud de permiso para colocar una terraza puede extenderse, como mínimo, durante un mes. Hay casos, en función del tamaño del ayuntamiento y del volumen de trabajo que tenga, que pueden alargarse hasta tres y cuatros meses. Por lo tanto, es muy importante que actuemos con varios meses vista para no llevarnos ningún susto.

Por otro lado, existe la posibilidad de que nuestro ayuntamiento abra el plazo de petición de permisos durante unas semanas a lo largo del año. Si no solicitamos las licencias durante ese tiempo, no podremos pedirlas hasta que el consistorio abra de nuevo sus ventanillas para llevar a cabo ese trámite. Es posible que solo podamos hacerlo una vez al año. Por ello, insistimos: es fundamental conocer la ordenanza municipal de terrazas antes de decidir si queremos instalar o no una terraza para nuestro bar o cafetería.

Debemos actuar con previsión para evitarnos contratiempos y disgustos. Nuestra recomendación es que pienses en tu negocio siempre con tres meses de reserva. Así, darás tiempo a que la administración responda a tus solicitudes y tendrás un buen margen para actuar en consecuencia. Te sugerimos que trabajes con una buena reserva de tiempo cuando vayas a solicitar cualquier otro tipo de licencia. En este caso, ser precavidos es la mejor de las opciones.

Cada ciudad dispone de una ordenanza de terrazas adaptada, pero existen una serie de parámetros que acostumbran a coincidir en cada una de ellas. Por ejemplo, el Ayuntamiento de Madrid permite presentar solicitudes en cualquier momento del año, tanto para las licencias anuales como estacionales (desde el 15 de marzo hasta el 31 de octubre). Este trámite puede hacerse de manera presencial o a través del registro electrónico.

En Madrid hay que entregar una serie de documentos que nos pueden llevar un poco de tiempo a la hora de reunirlos. Al impreso municipal hay que sumar otro en el que indiquemos todos los elementos que vamos a instalar en la vía pública, dejando constancia de todas sus características e incluyendo imágenes de los mismos. El Ayuntamiento de Madrid permite apilar las mesas y sillas en la calle, pero debemos explicar cómo lo haríamos. El consistorio debe dar su visto bueno.

Además, hay que firmar una declaración en la que se indique que nos encontramos totalmente al día en el pago de tributos municipales y suscribir seguros de responsabilidad civil e incendios derivados de la instalación de la terraza en la calle. Tendremos que incluir una copia de esas pólizas.

Por otro lado, será necesario añadir un mapa en el que se especifique todo el espacio que vamos a ocupar, así como el ancho de la calle y las distancias hacia diversos elementos, como los pasos de peatones, las salidas de emergencia o las posibilidades de paso que tienen las personas discapacitadas o con movilidad reducida. De no cumplir con las medidas mínimas, es muy probable que el consistorio rechace nuestra petición.

Si nuestra intención es ampliar la terraza anual durante los meses de primavera y verano, también deberemos dejar constancia en el mapa que enviamos al ayuntamiento. La mejor manera de hacerlo es diferenciar esos espacios a través de dos colores. De esta manera, los técnicos municipales sabrán diferenciar los nuevos elementos sin problema.

Por último, el Ayuntamiento de Madrid también nos obliga a marcar y describir aquellos elementos que nos sirven para marcar el espacio que vamos a ocupar. En esta categoría se incluyen, por ejemplo, las mamparas que protegen a los clientes del viento; pero también las tarimas que elevan la terraza sobre la acera.

También tendremos que indicar si la terraza necesitará de algún tipo de conexión a las redes de abastecimiento eléctrico y de agua. Debido a su complejidad, un técnico deberá realizar un estudio y entregarnos un certificado en el que se nos indique que cumple con todas las normas de seguridad. Además, será necesario contar con un plan de extinción de incendios y de evacuación de nuestros clientes.

Los técnicos municipales se encargarán de comprobar que cumplimos con todos los requisitos planteados. En caso contrario, lo más seguro es que esa petición de licencia sea rechazada. De ahí nuestro consejo: hay que preparar toda la documentación y todos los trámites con una buena previsión de tiempo. Es fundamental evitar las prisas, ya que éstas solo nos llevarán a caer en errores.

El precio fluctúa entre 500 € y 1.000 € para la elaboración de los planos y la gestión de la documentación necesaria, aunque estos costes pueden variar dependiendo de la complexidad y las características específicas de cada terraza.

Además, se debe tener en cuenta que las ordenanzas municipales y las regulaciones locales ejercen una influencia determinante en el coste y los requerimientos para la obtención de la licencia. En algunos casos, es posible que se aplique una tasa por la ocupación de la vía pública, cuyo importe varía en función de la localidad, el tamaño de la terraza y su ubicación.

Los ayuntamientos pueden establecer tarifas que podrían oscilar desde cantidades simbólicas hasta cifras más significativas, tales como un rango de 20 € a 30 € por metro cuadrado al año.

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La licencia de terraza es el trámite que deben solicitar, generalmente los negocios de hostelería, para poder usar parte del espacio exterior de la vía pública como terraza, donde se pueden incluir elementos como mesas, sillas, sombrillas, estufas, etc. Tipos Según los meses que vaya a ser utilizada la terraza, se pueden clasificar las licencias en:
  • Licencia anual: se usa todo el año.
  • Licencia por temporada: se usa normalmente del 1 de mayo hasta el 31 de octubre.
  • Licencia eventual: se usa para unas fechas determinadas, normalmente el motivo suele ser una festividad.
El plazo para solicitarlo depende del ayuntamiento. Hay ayuntamientos en que se puede solicitar en cualquier momento y otros establecen unos plazos. Si hay un plazo establecido, suele ser a finales de año, si se pretender usar al año siguiente. Por ejemplo, si quiero poner una terraza a partir del 1 de abril de 2017, tendré que solicitarlo en diciembre de 2016. Existen algunas excepciones como:
  • Aperturas nuevas donde no se ha podido solicitar en el plazo correspondiente.
  • Traspasos de locales, donde debido al cambio de titularidad del local, tampoco se ha podido solicitar en el plazo.
El plazo del ayuntamiento para contestar la solicitud también depende del municipio y suele estar entre 1 y 3 meses .
Reuniendo la documentación y acudiendo al ayuntamiento. Requisitos Dependen de cada municipio. Habrá que consultar la normativa de cada uno. Suelen referirse a permitir el paso peatonal sin invadir por completo la vía pública y tratan aspectos como el tamaño de los elementos y su disposición, la franja horaria y el tipo de espacio en el que están. Documentación necesaria
  • Impreso cumplimentado.
  • Fotocopia del DNI del solicitante.
  • Fotocopia de la Licencia de apertura o funcionamiento a nombre del solicitante.
  • Croquis de distribución.
  • Autorización local colindante.
  • Autorización de la Comunidad de Propietarios (en el caso de terrazas en terreno privado pero de uso público).
Si, todas las ocupaciones de vía publica con elementos temporales, como es una terraza de un bar o cafetería, necesita la obtención de una licencia municipal de terraza. En este caso, sería una licencia estacional.
No, la licencia de terraza debe solicitarse una vez obtenida la licencia de actividad del local.
Si, aparte de la licencia de terraza, si se necesita realizar obrar para la instalación de los elementos que forman o delimitan la terraza, habrá que pedir una licencia aparte.

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