Será necesario homologar la modificación de la geometría del escape o sustitución del silencioso. Al modificar la geometría del escape solo será necesaria una fotografía de la reforma. Al sustituir el silencioso será necesario que el nuevo silencioso tenga contraseña de homologación europea y documentación donde se exprese que el silencioso puede ser instalado en el vehículo.
No se considerará reforma los silenciadores que cumplan la Directiva 96/20/CE o la sustitución de catalizadores por otros que cumplan la Directiva 98/77/CE. Tampoco se considera reforma la modificación del tramo de salida (entre el silencioso y la salida), aunque se modifique la salida de simple a doble.
ELEMENTOS EMBELLECEDORES DE ESCAPE
No se consideran reforma los elementos embellecedores, que no afectan ni al sistema de escape, geometría, nivel de ruido, ni a emisiones contaminantes. Se consideran reforma si sobresalen de la línea de referencia del vehículo. Según la norma de Salientes Exteriores (74/483/CEE –R26).
SILENCIOSOS Y CATALIZADORES
No se considera reforma cambiar silenciosos y catalizadores por otros homologados como recambio para el vehículo en cuestión, según la definición de la Directiva 70/156/CEE (Reglamento CE 715/2007). Estos elementos dispondrán de su marcado correspondiente como Reglamento o Directiva.
ESCAPES CON CAMBIOS EN LA GEOMETRÍA DEL TRAMO DE SALIDA
Se consideraría reforma: Elementos embellecedores, que sí afectan al sistema de escape en cuanto a su geometría; no al nivel de ruido, ni a emisiones contaminantes: Nivel Sonoro (70/157/CEE –R51). Si sobresale de la línea de referencia, se aplica la norma de Salientes Exteriores (74/483/CEE –R26).
ESCAPES CON CAMBIOS EN LA GEOMETRÍA EN EL TRAMO DE SALIDA, NIVEL DE RUIDO Y EMISIONES CONTAMINANTES (RESONADORES, MUFFLER MILANO Y TRONADORES)
Se considera reforma: Elementos embellecedores, que sí afectan al sistema de escape en cuanto a su geometría, al nivel de ruido, y a emisiones contaminantes, se aplica la norma de Nivel Sonoro (70/157/CEE –R51) Si sobresale de la línea de referencia, también se aplica la norma de Salientes Exteriores (74/483/CEE –R26)
Información recogida del Manual de Reformas de Vehículos, Grupo Nº2: Unidad Motriz (2.6 Modificación o sustitución de las características del sistema de escape: disposición, volumen total, silenciadores, catalizador, tramo de salida)
INFORMACIÓN NECESARIA
- Ficha técnica.
- Permiso de circulación.
- Fotografías de la reforma.
- Marca, modelo y referencia del componente.
- Documentación procedente del fabricante del escape donde afirme que se verifican las directivas que le aplican y que haga referencia al vehículo, a su motorización y a la contraseña que viene grabada en la superficie del escape.
DOCUMENTACIÓN NECESARIA PARA LA ITV
- Informe de conformidad.
- Certificado de taller.
- Documentación adicional.