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Cómo homologar neumáticos de moto

Para una sustitución de neumáticos es importante que tengamos en cuenta los siguientes aspectos:

– Índice de capacidad de carga igual o superior.

-Código de categoría de velocidad igual o superior.

-Igual diámetro exterior con una tolerancia de ± 3 %.

-Compatibilidad llanta-neumático (norma ETRTO).

Podría darse el caso de que el índice de carga fuera menor del que aparece en la ficha técnica, en este caso deberíamos tener en cuenta que el neumático debe ser capaz de soportar la MMTA del eje que soporta la carga mayor en caso de vehículos que lleven neumáticos del mismo tipo en formación simple.

Es muy común realizar cambios de pinzas y discos de freno, sobretodo en Supermotard. Esta modificación habría que incluirla en la homologación y realizar un ensayo de frenada por parte de un laboratorio acreditado por el Ministerio de Industria.

La normativa vigente para este tipo de reformas es el Acta Reglamentaria 4 (Eje y ruedas) del Real Decreto 866/2010.

Información recogida del Manual de Reformas de Vehículos, Grupo Nº4: Ejes y ruedas (4.5 Sustitución de neumáticos por otros no equivalentes, 4.9 Cambio en dimensiones o índice de carga y/o índice de velocidad en neumáticos)

INFORMACIÓN NECESARIA

  • Ficha técnica.
  • Permiso de circulación.
  • Fotografías de la reforma.
  • Marca, modelo y referencia del componente.

DOCUMENTACIÓN NECESARIA PARA LA ITV

  • Informe de conformidad: Incluye los anchos de vías del vehículo y las características de las llantas, neumáticos y su compatibilidad.
  • Certificado de taller.
  • Documentación adicional:
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