Se puede sustituir el manillar de una moto por otro, siempre que las dimensiones totales (anchura, altura y distancia) sean las mínimas exigidas por el reglamento de seguridad de vehículos. Los retrovisores deben estar separados por más de 56cm (28cm respecto al eje longitudinal). Es posible que, en algunos casos, sea preciso modificar la posición de los intermitentes delanteros.
También será preciso la marca, la referencia y diámetro del tubo, la documentación TUV y fotografías en detalle.
La normativa vigente para este tipo de reformas es el Acta Reglamentaria 6 (Dirección. Modificaciones que afecten al sistema de dirección del vehículo) del Real Decreto 866/2010.
Información recogida del Manual de Reformas de Vehículos, Grupo Nº6: Dirección (6.1 Modificación del sistema de dirección, 6.6 Sustitución del manillar por otro)
INFORMACIÓN NECESARIA
- Ficha técnica.
- Permiso de circulación.
- Fotografías de la reforma.
- Marca, modelo y referencia del componente.
DOCUMENTACIÓN NECESARIA PARA LA ITV
- Informe de conformidad.
- Certificado de taller.