La sustitución del depósito puede realzarse por otro proveniente de otra moto o uno nuevo totalmente homologado.
Para el primer caso, la moto ha de estar matriculada después de 2001, por lo tanto, tendrá contraseña de homologación europea y se mantendrá el sistema de alimentación y el tapón de la moto donante.
En el segundo caso, habría que comprobar su homologación y la contraseña europea de homologación del nuevo equipo.
También se puede optar por modificar el original, añadiéndole piezas que modifiquen la vista exterior, para este caso, se puede homologar con fotos del antes y el después.
La normativa vigente para este tipo de reformas es el Acta Reglamentaria 8 (Acondicionamiento exterior) del Real Decreto 866/2010.
Información recogida del Manual de Reformas de Vehículos, Grupo Nº2: Unidad Motriz (2.7 Modificación de la ubicación, sustitución, adición o reducción del número de depósitos)
INFORMACIÓN NECESARIA
- Ficha técnica.
- Permiso de circulación.
- Fotografías de la reforma.
- Marca, modelo y referencia del componente.
DOCUMENTACIÓN NECESARIA PARA LA ITV
- Informe de conformidad.
- Certificado de taller.