El motor es elemento principal del coche que se encarga de suministrar la energía que mueve el vehículo. Se compone de varias piezas que funcionan perfectamente acompasadas y para ello, tienen que ser compatibles entre ellas para garantizar un funcionamiento correcto y eficiente.
La sustitución del motor puede ser necesaria o no, se puede deber a una avería o a la búsqueda de un motor más prestacional, en ambos casos, se requiere de un proceso de homologación. El organismo que se encarga de dicha homologación, es la Inspección Técnica de Vehículos (ITV), en la que se verifican las emisiones, frenos, el motor y la transmisión. Para ello es necesaria la siguiente documentación:
- Informe de conformidad. Certificado expedido por el fabricante por el cual garantiza que el motor nuevo es homologable y cumple toda la normativa vigente. En el aparecen datos técnicos como el tipo de motor, número único de identificación o la contraseña de homologación.
- Certificado de taller. Datos del nuevo motor y del taller que lo instala.
- En el caso de que el nuevo motor supere en más de un 30% la potencia del anterior, se deberá entregar también en la ITV los datos resultantes de bancos de potencia anteriores y posteriores al cambio de motor, además de la realización de una prueba y ensayo de frenado.
Por otra parte, para agilizar este proceso, es recomendable aportar la siguiente información:
- Fotografías. Antes y después del cambio de motor.
- Fotografías del sistema de frenado. Para garantizar que el sistema de frenado existente es compatible con el nuevo motor.
- Información del pesaje del vehículo. Un cambio significativo puede comprometer la seguridad del vehículo.
Si el cambio de motor conlleva un aumento de la potencia máxima, según el apartado 2.9 del Manual de Reformas de Vehículos, hay que tener en consideración lo siguiente:
- No es necesario homologar una reprogramación de la ECU.
- Necesariamente ha de cumplir la Directiva sobre ruido ambiental, Ley 37/2003.
- Si aumenta la velocidad máxima, el código de velocidad de los neumáticos tiene que aumentar en consideración.
- Debe cumplir la normativa de emisiones, que deben ser verificadas.
En el caso de que se instale un motor usado:
- Deben estar homologados, de manera individual, todos los elementos mecánicos que se vayan a instalar en el coche procedente de un coche donante.
- El ‘nuevo’ motor debe ser igual o más moderno que el motor retirado.
- El motor donante, debe ser menos contaminante.
En ambos casos, el motor debe ir siempre sobre los anclajes originales.
Hay una serie de consideraciones que hay que tener en cuenta en materia de emisiones:
- Si el vehículo receptor es EURO 0 o EURO 1. Se puede mantener la caja de cambios y la línea completa del escape, excepto el colector. Se debe realizar una prueba de emisiones y pesaje en la ITV.
- Si el vehículo receptor es EURO 2 o posterior. Se monta el escape y la admisión completa del donante. La caja de cambios se puede mantener si la relación de transmisión tiene una diferencia menor al 8%, si no habría que sustituirla.
En este caso deben cumplir las directrices establecidas por la Acta Reglamentaria 2 (‘Unidad Motriz’) del Real Decreto 866/2010.
Información recogida del Manual de Reformas de Vehículos, Grupo Nº2: Unidad Motriz (2.1 Modificación de las características o sustitución de los elementos del sistema de admisión del comburente, 2.2 Modificación de las características o sustitución de los elementos del sistema de alimentación de combustible, 2.3 Modificación o sustitución de la unidad motriz por otra de distintas características, 2.6 Modificación o sustitución de las características del sistema de escape: disposición, volumen total, silenciadores, catalizador, tramo de salida)
INFORMACIÓN NECESARIA
- Ficha técnica.
- Permiso de circulación.
- Fotografías de la reforma.
- Marca, modelo y referencia del componente.
DOCUMENTACIÓN NECESARIA PARA LA ITV
- Proyecto técnico.
- Certificado de final de obra.
- Informe de conformidad.
- Certificado de taller.