El proceso para esta certificación es el mismo que cuando certificamos el vehículo, tendremos que obtener el certificado de taller del instalador, vincular el código de certificación y el informe de conformidad. El concesionario no legaliza la bola de gancho, solo los vehículos homologados comprados al concesionario. Por lo general, la empresa que vende la bola de gancho ha proporcionado a ITV el informe de conformidad y el certificado de taller necesarios para el taller de instalación. El problema es que el informe de elegibilidad solo es válido cuando el vehículo está completamente lanzado. Si no es el lugar de origen entonces suele ser inválido, por lo que es necesario legalizarlo a través de una empresa como la nuestra, otros informes de cumplimiento e incluso en ocasiones mediante proyectos.
Información recogida del Manual de Reformas de Vehículos, Grupo Nº10: Unión entre vehículos tractores y sus remolques o semirremolques (10.1 Instalación, modificación o desinstalación de dispositivos de acoplamiento en vehículos de categorías M y N)
INFORMACIÓN NECESARIA
- Ficha técnica.
- Permiso de circulación.
- Fotografías de la reforma.
- Marca, modelo y referencia del componente.
DOCUMENTACIÓN NECESARIA PARA LA ITV
- Proyecto técnico.
- Certificado de final de obra.
- Informe de conformidad: Cuando la bola esté homologada también según el Anexo VII de la Directiva 94/20/CE o el Anexo 7 del R (CEPE/ONU) Nº 55, y no se modifiquen los puntos de anclaje proporcionados por el fabricante del vehículo, el informe de conformidad podrá ser emitido por un servicio técnico de reformas o por el fabricante del vehículo o por el titular de la homologación del dispositivo (Anexo VII) debidamente inscrito en el Registro de fabricantes y firmas autorizadas del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.
- Certificado de taller.
- Documentación adicional: Manual de montaje y funcionamiento.